domingo, 25 de octubre de 2009

«He parido al niño en la cama, ¿ahora qué hago?»

Aprovecho esta curiosa noticia publicada en "El Correo" para hablar sobre el nacimiento de una persona y como se refleja esto en el Ordenamiento juridico y más en concreto en el Codigo Civil.

El artículo 30 del Cc contempla que "Para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno". Por tanto, y teniendo en cuenta el artículo anterior, el artículo 29 se refiere a que "El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables".

Además, este niño nacio en Bilbao que es una villa de España y por lo tanto tendrá nacionalidad española tal y como se dice en el artículo 17 del Cc:

"1. Son españoles de origen:
a) Los nacidos de padre o madre españoles.
b) Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España. Se exceptúan los hijos de funcionario diplomático o consular acreditado en España.
c) Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
d) Los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada. A estos efectos se presumen nacidos en territorio español los menores de edad cuyo primer lugar conocido de estancia sea territorio español."

jueves, 15 de octubre de 2009

Detenido por guardar un arsenal de guerra en Utrera

Agentes de la Guardia Civil han detenido y puesto a disposición judicial a un vecino de Utrera (Sevilla), identificado como G.B.C. de 67 años, que ocultaba en una nave diversas armas militares de guerra como dos ametralladoras de gran calibre y un proyectil de cañón antiaéreo.

Según el artículo 563 del código penal que dice que "La tenencia de armas prohibidas y la de aquellas que sean resultado de la modificación sustancial de las características de fabricación de armas reglamentadas, será castigada con la pena de prisión de uno a tres años." este hombre deverá de pagar por ese delito.
Pero además, el artículo 567 del CP. dice que eso se trata de un deposito de armas, por lo que según el artículo 568 del CP. deverá sercastigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años y la retirada, si la tuviese, de la licencia de armas.

Un hombre con problemas mentales mata a cuchilladas a sus padres

Una llamada a las 9.38 de ayer alertaba a los servicios de emergencia de la presencia de un varón "muy agresivo con problemas psiquiátricos". Cuando llegó la patrulla encontró a los ancianos, de 83 años él y 77 ella, ya muertos y con evidentes signos de violencia.

Según el artículo 138 del codigo penal, "El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años."
Pero puede, y todo trás un exhaustivo reconocimiento psicológico, que su pena se vea atenuada por que la persona es un deficiente mental, o que no ingrese en prisión sino en un centro especial.

domingo, 4 de octubre de 2009

PRÁCTICA 1 (test SGAE).

1. SUPUESTO

a) la descarga de una canción de Internet.

Pena máxima:
720 € y 6 meses de prisión.
Pena mínima: 288.000€ ó 1 año de prisión.

b) el robo de una discografia por valor inferior a los 400€ es una falta (art. 623.1 del Código Penal).

Pena máxima: localización permanente de 4 dias o multa de 60€.
Pena mínima: localización permanente de 12 dias o multa de 24.000€.



2. SUPUESTO

a) descarga de una canción de Internet.

Pena máxima: 720 € y 6 meses de prisión.
Pena mínima: 288.000€ ó 1 año de prisión.

b) hurto de 50 cd's por valor de 1000€. (art. 234).

Pena máxima: 6 meses de prisión.
Pena mínima: 18 meses de prisión.




3. SUPUESTO

a) descarga de una canción de Internet.

Pena máxima: 720 € y 6 meses de prisión.
Pena mínima: 288.000€ ó 1 año de prisión.

b) hurto de uso de vehículo durante 40 horas.

Pena máxima: 360 € ó 31 días de trabajo comunitario.
Pena mínima: 144.000€ ó 90 días de trabajo comunitario.



4. SUPUESTO

a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita (art. 270 del Código Penal).

Pena máxima: 720 € y 6 meses de prisión.
Pena mínima: 288.000 € y 2 años de prisión.

b) Que 8 personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física (art. 154 del Código Penal).

Pena máxima: 360 € ó 3 meses de prisión.
Pena mínima: 288.000€ ó 1 año de prisión.


5. SUPUESTO

a) Copiar un DVD

Pena máxima: 720 € y 6 meses de prisión.
Pena mínima: 288.000€ ó 1 año de prisión.

b)
Abusar sexualmente aprovechandose de su superioridad jerárquica (art. 184.2 del Código Penal).

Pena máxima: 600€ ó 5 meses de prisión.
Pena mínima: 168.000€ ó 7 meses de prisión.



6. SUPUESTO

a) Ir a un colegio y distribuir entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.

Pena máxima: 720 € y 6 meses de prisión.
Pena mínima: 288.000€ ó 1 año de prisión.

b) Ir a un colegio y distribuir entre los alumnos de preescolar películas pornográficas caseras (articulo 186 del Código Penal).

Pena máxima: 720 € ó 6 meses de prisión.
Pena mínima: 288.000€ ó 1 año de prisión


7. SUPUESTO

a) Copiar un Cd.

Pena máxima: 720 € y 6 meses de prisión.
Pena mínima: 288.000€ ó 1 año de prisión.

b) dejar una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público (artículo 630 del Código Penal).

Pena máxima: 60€ ó 6 días de localización permanente.
Pena mínima: 24.000€ ó 10 días de localización permanente.


8. SUPUESTO

a) fotocopia de una página de un libro.

Pena máxima: 720 € y 6 meses de prisión.
Pena mínima: 288.000€ ó 1 año de prisión.

b) Propinar un par de puñetazos que no precisen actuación médica (artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal).

Pena máxima: 60€ ó 6 días de localización permanente.
Pena mínima:24.000€ ó 12 días de localización permanente.


Detenido en Bilbao tras intentar robar en cuatro vehículos

La Ertzaintza detuvo el pasado 27 de Octubre en Bilbao a un hombre de 26 años que, supuestamente, forzó las cerraduras y ventanillas de cuatro coches para intentar robar en su interior.
Los agentes encontraron en las inmediaciones una varilla de hierro usada presuntamente para forzar los coches y comprobaron que cuatro turismos presentaban daños en ventanillas y cerraduras. Ante estas evidencias, arrestaron al sospechoso bajo la acusación de robo con fuerza.

El Codigo Penal en su Artículo 237 describe el robo como "son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas."
Además, y como se cita en la noticia, este hombre fue acusado de robo con violencia basandose en el artículo 238.2, el cual hace referencia a: "Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana".

Esta persona se apropió de una propiedad ajena, y el Codigo Civil en su artículo 349 cita que "Nadie podrá ser privado de su propiedad sino por Autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización.", por lo que atendiendo al artículo 240 del Codigo Penal "el culpable de robo con fuerza en las cosas será castigado con la pena de prisión de uno a tres años."